Vehículos para uso exclusivo del transporte de personas con movilidad reducida

Descripción 

Los vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida pueden solicitar la inscripción en el Listado de vehículos autorizados para disfrutar de la exención y poder circular dentro de las ZBE. 

Requisitos 

Hay dos tipos de autorizaciones: 

Vehículos particulares 

Vehículos para uso exclusivo del transporte de personas con movilidad reducida. Sólo se permite una solicitud de este tipo de autorización por solicitante. 

Los solicitantes pueden ser: 

  • Personas con discapacidad igual o superior al 33 % y baremo de movilidad positivo. 
  • Personas que dispongan de la tarjeta de aparcamiento individual para personas con discapacidad. 
  • El padre, la madre o el tutor legal de un menor o de una persona tutelada con discapacidad superior al 33 % y baremo de movilidad reducida positivo; o bien que disponga de tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad. 
  • Adulto no conductor con baremo de movilidad reducida positivo, o bien que disponga de la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad. 

Transporte colectivo de personas con movilidad reducida 

  • Vehículos adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida (según la tarjeta de inspección técnica del vehículo o tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo PMR). 

El solicitante puede ser una persona física o jurídica y puede inscribir más de un vehículo. 

Tramitación 

Los interesados deben solicitar la inscripción de los vehículos en el listado de vehículos autorizados. Una vez se haya validado que se cumplen los requisitos, se comunicará al solicitante el alta del vehículo en el listado de vehículos autorizados y estará exento de las restricciones de circulación de las ZBE.Si el solicitante es una persona menor de edad o tutelada, debe firmar la solicitud el padre, la madre o el tutor.  

Por internet, con identificación digital: 

  1. Rellenar el formulario de solicitud de inscripción en el Listado de vehículos autorizados disponible en esta web. 
  1. Adjuntar la documentación si es necesario. 
  1. Firmar electrónicamente el formulario de solicitud y enviarlo. 

Presencialmente: 

Oficinas de Atención al Ciudadano de los municipios integrados en esta plataforma. 

Documentación adicional 

Hay que presentar una copia de la documentación siguiente: 

Vehículos para personas con movilidad reducida 

  • Documentación que acredite la discapacidad de la persona que utiliza el vehículo: tarjeta acreditativa de la discapacidad de la Generalidad de Cataluña con baremo de movilidad reducida positivo, o bien una tarjeta acreditativa equivalente, o bien una resolución de discapacidad con baremo de movilidad reducida y grado de discapacidad del 33 % o superior, o bien una tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad. 
  • Documento de identificación del solicitante y/o representante (DNI, NIE, pasaporte). 
  • En el caso de personas tuteladas, debe adjuntarse la sentencia de incapacitación y nombramiento de tutor y el acta de aceptación del cargo de tutor.

Transporte colectivo de personas con movilidad reducida 

  • Documento de identificación del solicitante y/o representante (DNI, NIE, pasaporte). 
  • Permiso de circulación del vehículo. 
  • Tarjeta de inspección técnica del vehículo. 

Plazos 

El alta del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este periodo, siempre que no se haya recibido la confirmación de la inscripción, el vehículo no estará dado de alta y no estará exento de las restricciones de circulación. 

La validez de la inscripción en el Listado de vehículos autorizados es permanente siempre que se mantengan las condiciones iniciales del vehículo. En caso de desguace o cambio de titular, se dará de baja el vehículo. 


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