Descripción 

Vehículos que han sido adaptados y homologados para prestar un servicio o actividad singular en las ZBE descritas en esta web según se recoge en las ordenanzas municipales. 

Requisitos 

Pueden ser autorizados a circular los vehículos que prestan servicios singulares que cumplan la clasificación por grupo de utilización definida en el anexo II del Reglamento general de vehículos, así como la categoría de homologación especificados en la tabla adjunta:  

CLASIFICACIÓN POR GRUPO DE UTILIZACIÓN (anexo II RGV) DESCRIPCIÓN CATEGORIA HOMOLOGACIÓN 
Escuela de conductores Automóvil destinado a las prácticas de conducción. N2, N3, M2, M3 
10 Plataforma Vehículo destinado al transporte de mercancías sobre una superficie plana sin protecciones laterales N2, N3 
11 Caja abierta Vehículo destinado al transporte de mercancías en un receptáculo abierto por la parte superior. Los laterales podrán ser abatibles o fijos N2, N3 
12 Portacontenedores Vehículo construido para el transporte de contenedores mediante dispositivos expresamente adecuados para su sujeción  N2, N3 
13 Jaula Vehículo especialmente adaptado para el transporte de animales vivos N2, N3 
15 Porta vehículos Vehículo especialmente adaptado para el transporte de otro u otros vehículos N2 
16 Silo Vehículo concebido especialmente para el transporte de materias sólidas, pulverulentas o granulosas en depósito cerrado y con o sin medios auxiliares para su carga o descarga.  N2, N3 
17 Basculante Vehículo provisto de un mecanismo que permite llevar y/o girar la caja para realizar la descarga lateral o trasera. N2, N3 
18 Dúmper Camión basculante de construcción muy reforzada, de gran maniobrabilidad y apto para cualquier terreno N2, N3 
19 Batería de recipientes Vehículo destinado al transporte de carga en un grupo de recipientes fijos con sistema de conexión entre ellos. N2, N3 
22 Blindado Vehículo destinado al transporte de personas y/o mercancías, de caja cerrada reforzada especialmente mediante un blindaje. N1, N2, N3 
27 Cisterna Vehículo destinado al transporte a granel de líquidos o de gases licuados N2, N3 
28 Cisterna isoterma Cisterna construida con paredes aislantes que permiten limitar los intercambios de calor entre el interior y el exterior N2, N3 
30 Cisterna frigorífica Cisterna isoterma provista de un dispositivo de producción de frio individual o colectivo para varios vehículos de transporte (grupo mecánico de compresión, máquina de absorción, etc.) que permite bajar la temperatura en el interior de la cisterna y mantenerla después de forma permanente en unos valores determinados N2, N3 
31 Cisterna calorífica Cisterna isoterma provista de un dispositivo de producción de calor que permite elevar la temperatura en el interior de la cisterna y mantenerla después a un valor prácticamente constante N2, N3 
47 RTV Vehículo especialmente acondicionado para emisoras de radio y/o televisión N1, N2, N3 
49 Taller o laboratorio Vehículo acondicionado para el transporte de herramientas y piezas de recambio que permiten efectuar reparaciones N1, N2, N3 
50 Biblioteca Vehículo adaptado y acondicionado de forma permanente para la lectura y exposición de libros N1, N2, N3, M3 
51 Tienda Vehículo especialmente adaptado y acondicionado de forma permanente para la venta de artículos. N1, N2 
52 Exposición u oficinas Vehículo especialmente adaptado y condicionado de forma permanente para su uso como exposición u oficinas N2, N3 
53 Grúa de arrastre Automóvil provisto de dispositivos que permiten, elevándolo parcialmente, el arrastre de otro vehículo N1, N2, N3 
54 Grúa de elevación Vehículo provisto de dispositivos que permiten elevar cargas, pero no transportarlas. (No incluye los vehículos con dispositivos de autocarga) N1, N2, N3, N3G 
56 Hormigonera Vehículo especialmente construido para el transporte de los elementos constitutivos del hormigón, pudiendo efectuar su mezcla durante el transporte N3, N3G 
58 Vehículo para ferias Vehículos adaptados para la maquinaria de circo o ferias recreativas ambulantes N1, N3 
60 Extractor de lodos Vehículo dotado de una bomba de absorción para la limpieza de pozos negros y sumideros N2, N3 
61 Autobomba Vehículo equipado con una autobomba de presión para movimiento de materiales fluidificados N2, N3 
62 Grupo electrógeno Vehículo dotado con los elementos necesarios para la producción de energía eléctrica N2, N3 
66 Bomba de hormigonar Vehículo autobomba especialmente diseñado para movimiento de hormigón fluido. N3 
67 Perforadora Vehículo destinado a realizar perforaciones profundas en la tierra N2, N3 
76 Riego asfáltico Vehículo destinado a esparcir y extender sobre los diversos pavimentos betún asfáltico fluidificado N1, N2, N3 
77 Pintabandas Vehículo usado para realizar líneas de señalizaciones y prescripciones en el suelo N1, N2, N3 
78 Quitanieves Vehículo de motor destinado exclusivamente a retirar la nieve de las calzadas y caminos N2, N3 

*Los vehículos de la categoría 11 que pueden disfrutar de esta autorización de acceso son aquellos equipados, según ficha técnica del vehículo, con grúa hidráulica articulada y/o rampas de acceso posteriores con acción hidráulica, u otro dispositivo destinado a arrastrar, levantar o desplazar contrapesos necesarios para estabilizarlos. 

El código de utilización se puede encontrar en la tarjeta de inspección técnica del vehículo: es el segundo par de dígitos en el campo de clasificación del vehículo. 

También pueden obtener autorización los vehículos con características equivalentes a alguna de las clasificaciones enumeradas según lo que indican las observaciones de su ficha técnica. 

El solicitante puede ser cualquier persona física o jurídica, y un mismo solicitante puede dar de alta varios vehículos. 

Tramitación 

Los interesados deben solicitar la inscripción de los vehículos en el Listado de vehículos autorizados. Una vez se haya validado que se cumplen los requisitos, se comunicará al solicitante el alta del vehículo en el Listado de vehículos autorizados y la autorización para poder circular por las ZBE descritas en esta web. 

Por internet, con identificación digital: 

  1. Cumplimentar el formulario de solicitud disponible a continuación. 
  1. Adjuntar la documentación si es necesario. 
  1. Firmar electrónicamente el formulario de solicitud y enviarlo. 

Documentación adicional 

El solicitante debe presentar una copia de la documentación siguiente: 

  1. Tarjeta de inspección técnica del vehículo 
  1. Documento de identificación del solicitante 

Plazos 

El alta del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este periodo, siempre que no se haya recibido la confirmación de la inscripción, no estará dado de alta ni estará exento de las restricciones de circulación. 

La validez de la inscripción en el Listado de vehículos autorizados es de dos años siempre que se mantengan las condiciones iniciales del vehículo. En caso de desguace o cambio de titular, se dará de baja el vehículo. 


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