Tratamientos médicos periódicos

Descripción 

Las personas a las que han diagnosticado enfermedades que requieren hacer tratamientos médicos de manera periódica en centros sanitarios situados en las ZBE pueden solicitar la autorización temporal de circulación de un vehículo, que les permitirá circular durante el periodo de tratamiento. 

Requisitos 

El solicitante de esta autorización debe ser una persona a la que hayan diagnosticado una enfermedad que requiera tratamientos médicos de forma periódica en un centro médico ubicado en algún municipio de las zonas de bajas emisiones o un centro sanitario de referencia de estos municipios, o cualquier otra que acompañe al solicitante. 

  • Si se realiza el tratamiento en un centro de atención hospitalaria o un centro de atención primaria ubicado dentro de la zona ZBE descrita en esta web debe firmar una declaración responsable en la solicitud y posteriormente podrá verificarse la información con las entidades públicas competentes.
  • El titular del vehículo puede ser cualquier persona que acompañe al solicitante, pero sólo se permite autorizar un vehículo por solicitante. 

Si el solicitante es un menor o una persona tutelada debe firmar el formulario el padre, madre o tutor legal. 

Tramitación 

Los interesados deben solicitar el alta del vehículo en el Listado de vehículos autorizados. Una vez validado que se cumplen los requisitos se comunicará al solicitante el alta del vehículo en el listado de vehículos autorizados y el periodo de autorización para poder circular dentro de la ZBE descrita en esta web. 

Por internet, con identificación digital: 

  1. La persona en tratamiento médico debe rellenar el formulario de solicitud de inscripción en el Listado de vehículos autorizados disponible a continuación. 
  1. Adjuntar la documentación si es necesario. 
  1. Firmar electrónicamente el formulario de solicitud y enviarlo. 

Presencialmente: 

Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Valencia.

Documentación adicional 

Se adjuntará al formulario los siguientes documentos: 

  • El informe que indica que se cumplen los requisitos, firmado por el facultativo del centro.
  • El documento de identificación de la persona solicitante y/o representante (DNI, NIE, pasaporte). 

En caso de personas tuteladas, debe adjuntarse la sentencia de incapacitación y tutela y el acta de aceptación del cargo de tutor. 

Plazos 

El alta del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este periodo, siempre que no se haya recibido la confirmación de la autorización, el vehículo no estará dado de alta y no estará autorizado. 

La autorización se otorga durante el periodo del tratamiento y como máximo durante 1 año. En caso de que el tratamiento continúe, el solicitante debe volver a solicitar la autorización. 

En caso de desguace del vehículo, cambio de acompañante o cambio de situación del solicitante, hay que dar de baja el vehículo. 


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