En el caso de que los solicitantes lo autoricen, el Ayuntamiento de Valencia efectuará las consultas necesarias a los organismos siguientes, según la categoría de registro solicitada, a efectos de comprobar que se cumplen las condiciones requeridas:
· DGT, para verificar o consultar los datos del vehículo y también para consultar el registro de vehículos en taller.
· Dirección General de la Policía (DGP), para verificar o consultar los datos de identidad.
· Secretaría de Inclusión Social y de Promoción de la Autonomía Personal (SISPAP) del Departamento de Derechos Sociales, para la comprobación del reconocimiento de discapacidad o comprobación de la tarjeta acreditativa de la discapacidad.
· Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para consultar los importes de las prestaciones actuales.
· Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), para consultar las prestaciones sociales y obtener el nivel de ingresos del ciudadano.
· Tesorería General de la Seguridad Social (TMV), para consultar la situación laboral.
· Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), para consultar la declaración de la renta y comprobar los ingresos individuales.
· Agencia Valenciana de la Vivienda, para consultar las prestaciones para hacer frente al pago del alquiler.
· Departamento de Derechos Sociales de la Generalidad de Valencia, para consultar las prestaciones correspondientes a la renta garantizada de ciudadanía.
· Conselleria de Sanitat, para comprobar la realización de tratamientos médicos periódicos.
Una vez efectuadas las consultas estrictamente necesarias según la categoría de solicitud, el Ayuntamiento de Valencia notificará a los solicitantes la concesión o denegación de la solicitud de exención.
Con el fin de comprobar la veracidad de los datos aportados por el titular de la inscripción, la Administración podrá realizar en cualquier momento las comprobaciones que considere necesarias y suscribir los convenios de colaboración con entidades públicas y privadas que considere oportunos.

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