Personas con rentas bajas

Descripción 

Los titulares de vehículos sin distintivo ambiental con rentas bajas pueden solicitar la inscripción en el Listado de vehículos autorizados y disponer de una autorización temporal para poder circular dentro de las ZBE. 

Requisitos 

El solicitante debe una persona física titular del vehículo y debe acreditar unos ingresos económicos anuales inferiores a dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), incrementado según el número de miembros de la unidad familiar, en su caso, tal y como se indica a continuación: 

Unidad familiar Ingresos anuales 
1 persona Inferiores a 2 veces el IPREM 
2 personas Inferiores a 2,5 veces el IPREM 
3 personas Inferiores a 2,9 veces el IPREM 
4 personas Inferiores a 3,3 veces el IPREM 
5 personas Inferiores a 3,7 veces el IPREM 
6 o más personas Inferiores a 4 veces el IPREM 

Se entiende que la unidad familiar está formada por la persona solicitante, el cónyuge o la persona con la que mantenga una relación análoga de afectividad y las personas menores de 25 años. 

Para el cómputo de la renta se tienen en cuenta los ingresos brutos anuales del ejercicio anterior al año en curso de la persona solicitante y, en su caso, del cónyuge o la pareja. 

Un mismo solicitante sólo puede dar de alta un vehículo y las autorizaciones no son transferibles entre vehículos. 

Tramitación 

Los interesados deben solicitar la inscripción de los vehículos en el Listado de vehículos autorizados. Una vez se haya validado que se cumplen los requisitos, se comunicará al solicitante el alta del vehículo al Listado de vehículos autorizados, que dispondrá de una autorización temporal para poder circular dentro de las ZBE. 

Por internet, con identificación digital: 

  1. Rellena el formulario de solicitud de inscripción disponible en esta web. 
  1. Adjunte la documentación pertinente, en su caso. 
  1. Firma electrónicamente el formulario de solicitud y envíelo.  

Presencialmente: 

Oficinas de Atención al Ciudadano de los municipios integrados en esta plataforma. 

Documentación adicional 

Para inscribir un vehículo en el Listado de vehículos autorizados hay que presentar: 

  • Documento de identificación del solicitante (DNI, NIE, pasaporte) y cónyuge o pareja de hecho, en su caso. 
  • Permiso de circulación del vehículo 
  • Última declaración de renta o certificado negativo del solicitante y cónyuge o pareja de hecho, en su caso 
  • Última nómina (en caso de diferir de la última declaración de renta) del solicitante y cónyuge o pareja de hecho, en su caso 
  • Prestación de desempleo o para mayores de 52 años, si es pertinente, del solicitante y cónyuge o pareja de hecho, en su caso.
  • Certificado de prestaciones sociales públicas (tanto si se percibe como si no se percibe) del solicitante y cónyuge o pareja de hecho, si procede. 
  • Otra documentación para poder justificar la unidad familiar (sentencia de divorcio, registro civil, libro de familia…).
  • En caso de que el solicitante sea una persona tutelada, debe adjuntarse la sentencia de incapacitación, el nombramiento de tutor y el acta de aceptación del cargo de tutor.

Plazos 

El alta del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este periodo, siempre que no se haya recibido la confirmación de la inscripción, el vehículo no estará dado de alta y no estará exento de las restricciones de circulación. 

La autorización tiene una vigencia de un año y se puede renovar anualmente. 


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